Información sobre la solicitud de facturas de los tránsitos realizados en nuestra autopista.
Solicitud
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, AUCALSA procederá, previa solicitud y aportación de documentación justificativa, a la emisión de facturas completas en canje de facturas simplificadas (anteriormente “tickets”).
A estos efectos, en cumplimiento de lo establecido por el mencionado Reglamento de Facturación, AUCALSA únicamente expedirá facturas recapitulativas de los tránsitos efectuados en el mes inmediatamente anterior a la recepción de la solicitud. Por ello, es necesario que dicha solicitud se reciba antes del día 10 del mes en curso para que sea posible llevar a cabo las tareas de comprobación previas a la emisión de la factura. En cualquier otro caso, AUCALSA procederá a la expedición de factura completa no recapitulativa.
Para poder obtener factura completa, el cliente que lo solicite debe comunicar a AUCALSA los datos necesarios que permitan identificar los tránsitos efectuados y el destinatario de la operación mediante cumplimentación del formulario adjunto.
En función del medio de pago utilizado, deberá aportarse:
- Pago en efectivo. – Para la emisión de factura completa en canje de factura simplificada (antes “tickets”), es necesario que se nos envíe, junto a los comprobantes originales de paso (exclusivamente de los peajes de la Autopista AP-66), el formulario adjunto, debidamente cumplimentado con todos los datos.
- Pago con tarjeta bancaria o VIA-T.- Será necesario presentar el formulario adjunto debidamente cumplimentado junto con la acreditación documental de la titularidad de los medios de pago citados (certificado de titularidad emitido por la entidad financiera u otros documentos análogos en los que figure el titular, el número de tarjeta completo o el código de dispositivo de telepeaje y los datos de identificación del cliente) para poder justificar el destinatario de la operación[1].
Tenga en cuenta qué si normalmente paga con tarjetas o VIA-T comerciales del tipo Bip&Drive, Solred, Ressa, Cepsa, etc.., no debe realizar ninguna gestión, ya que la entidad emisora de la tarjeta o VIA-T le enviará mensualmente una factura con todos sus tránsitos.
[1] Alternativamente, cuando el destinatario del servicio no es el titular del medio de pago empleado y, por tanto, estamos ante un pago del peaje por cuenta de un tercero, sería necesario que se nos facilitase una declaración expresa solicitando y autorizando a AUCALSA a que los tránsitos pagados con esa tarjeta o dispositivo Vía-T sean facturados a otra persona/entidad. En este caso, también se hace necesario aportar una autorización o declaración expresa de esta otra persona/entidad de que realmente es el destinatario del servicio y asumiendo toda responsabilidad de los datos que se nos faciliten.
La solicitud puede enviarla de las siguientes formas:
Por correo postal:
AUCALSA
PQ/Empr. ASIPO, PZ/Sta. Bárbara, 4 – 2º – Of. 4B
33428 – Llanera – Asturias
Por E-mail: clientes@aucalsa.com